Micelio
Auto16 de noviembre de 2012

A- de 2012

Ponente Jorge Iván Palacio Palacio

Demandante Hospital Universitario San Ignacio·Demandado Sin Información

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Corte Constitucional
  • Sala especial de seguimiento al cumplimiento de la sentencia T-760/2008
Incidente De Desacato
  • Cumplimiento de la sentencia T-760/2008
2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Incidente de Desacato: El representante legal del Hospital Universitario San Ignacio requirió el inicio de incidente de desacato en relación con las órdenes 24 y 27 de la sentencia T-760/08.

La Sala concluye que, los ingredientes y procedimientos para garantizar el cumplimiento de las órdenes de carácter particular o concreto, distan profundamente de aquellos que son posibles aplicar a las órdenes de carácter general, como es el caso concreto de las impartidas en la sentencia T-760/08, toda vez que dichas órdenes están orientadas a corregir las fallas de regulación que afectan el goce efectivo del derecho a la salud y no a ocuparse de asuntos particulares, además de suponer la realización y verificación de una serie de acciones complejas en las que intervienen diversos actores.

NO SE ACCEDE a la solicitud de inicio de incidente de desacato requerido, pero se ordena poner el mismo, en conocimiento del Ministerio de Salud y de la Protección Social el

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. NO ACCEDER a la solicitud de inicio del incidente de desacato requerido por el HOSPITAL UNIVERSITARIO SAN IGNACIO, por las razones expuestas en esta providencia.
  2. Segundo. ORDENAR que por Secretaria General de esta Corporacion se ponga en conocimiento al Ministerio de Salud y Proteccion Social, del Incidente de desacato formulado por el Hospital Universitario San Ignacio.
  3. Tercero. Proceda la Secretaria General de esta Corporacion a librar la comunicacion correspondiente, acompanando copia integral de este proveido.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.